Se traslada al grupo municipal SíSePuede, texto para una posiblre moción en el ayto de Alcobendas:
La creosota es un producto industrial de tratamiento preventivo de la
madera, su propiedad principal es la de actuar como biocida frente a
los agentes causantes del deterioro de la madera. Es una sustancia
tóxica, está clasificada como cancerígena y no se puede
comercializar en el mercado de la UE, desde el 1 de mayo de 2013,
salvo si una empresa recibe la autorización para hacerlo. El uso de
la creosota por los consumidores está prohibido desde 2003.
La creosota es una mezcla compleja de cientos de compuestos
distintos, tienen el dudoso honor de formar parte de una familia de
sustancias denominadas contaminantes orgánicos persistentes, son muy
nocivos para el medio ambiente y para la salud de las personas.
Las empresas ferroviarias han usado ampliamente las traviesas de
madera tratada con creosota, pero una vez que son retiradas, tras la
remodelación de los trazados, acaban en el mercado de segunda mano,
para su uso en jardinería. Incluso se han instalado en diversas
ubicaciones en el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama. En la
actualidad, en la Comunidad de Madrid se están comercializando estas
traviesas sin ningún control. Esto ha generado que en múltiples
espacios públicos, de diversos municipios, se hayan empleado con
profusión.
Tanto en el ámbito comunitario como en el nacional, se ha regulado
el uso y la comercialización de este tipo de sustancias y compuestos
peligrosos, la normativa prohíbe utilizar madera tratada con
creosota, ya sea comercializada por primera vez o de segunda mano, en
el interior de edificios, juguetes, terrenos de juego, parques,
jardines, instalaciones recreativas, muebles de jardín, envases en
contacto con materia primera o cultivos, etc. En definitiva, todos
los usos que se considera pueden tener un elevado riesgo de contacto
frecuente con la piel, por sus efectos nocivos para la salud, y por
su efecto sobre el medio ambiente, por la difícil descomposición de
algunos de sus componentes.
El pasado día 30 de enero de 2017, D. Alejandro Sánchez Pérez,
diputado del Grupo Parlamentario Podemos de la Comunidad de Madrid,
recibió contestación escrita a una pregunta parlamentaria, en la
que solicitó información respecto a las medidas que está llevando
a cabo la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y
Ordenación del Territorio para la prevención de la comercialización
y uso de los materiales tratados con creosota, en edificios y
espacios públicos de la Comunidad de Madrid.
El contenido literal de la contestación es: “En relación con
la iniciativa de referencia, se informa que los planes de ordenación
y gestión de los espacios naturales protegidos no contienen ninguna
mención explícita a los materiales tratados con creosota, dado que
se trata de un producto calificado como carcinógeno y con normativa
vigente de la Unión Europea que limita su uso y que, como en el
resto de la normativa, es de aplicable directamente en la gestión de
esos espacios naturales”
Teniendo en cuenta este criterio expuesto por la Consejería de Medio
Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio y la
citada normativa vigente, que también es de aplicación directa a
los parques urbanos y otros espacios públicos solicitamos que se
ejecuten, por parte del Ayuntamiento de Alcobendas las
siguientes medidas correctoras:
1. Inventariado completo de todos los puntos donde se han instalado,
a lo largo de los años, traviesas reutilizadas de ferrocarril, en
los parques, jardines y otros espacios públicos del municipio de
Alcobendas
2. Cuantificación del número de esas traviesas reutilizadas
localizadas.
3. Retirada de la totalidad de dichos elementos, contaminados con
creosota.
4. Gestión adecuada de estos materiales, teniendo en cuenta su
naturaleza de residuo peligrosos, identificados con el código LER 03
01 04*, “madera que contiene sustancias peligrosas” (el asterisco
significa que es un residuo peligroso)
5. Estudio de las zonas afectadas, para la posible identificación de
potenciales daños al suelo o a las aguas y en caso de de existir
daño cuantificable, adoptar medidas de re mediación.
6. También existen traviesas tratadas con creosota en
parcelas privadas como son muchas urbanizaciones, donde a
menudo se utilizan como peldaños, contención de tierras, adornos ,
bancos …Por éste motivo hacemos extensivos los puntos anteriores
para parcelas y comunidades privadas.
Se debe informar, asesorar y facilitar la retirada de éstos
materiales de acuerdo con la normativa vigente, para así poder
realizar una declaración firme por la que :
El Ayuntamiento de
Alcobendas se declara libre de creosota, no sólo en sus parques y
jardines, sino también en todo su término municipal